Índice de la Regulación |
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1.- Objeto. |
2.- Campo de Aplicación. |
3.- Referencias. |
4.- Definiciones. |
4.1 Flujo de Gases. |
4.2 Zona Fronteriza Norte. |
4.3 Zona Metropolitana de la Ciudad de Guadalajara. |
4.4 Zona Metropolitana de la Ciudad de México. |
4.5 Zona Metropolitana de la Ciudad de Monterrey. |
5.- Especificaciones. |
5.1 Para Efectos de Esta Normas |
5.1.1 Las Zonas Metropolitanas |
5.2 Los Niveles Máximos de Emisión |
5.2.1 La Interpolación y la Extrapolación de los Datos |
5.2.1.1 Para Zonas Críticas: |
5.2.1.2 Para El Resto del País: |
5.3 Para Los Efectos de Cuantificación de las Emisiones |
6.- Vigilancia. |
6.1 La Secretaría de Desarrollo |
7.- Sanciones. |
7.1 El Incumplimiento de la Presente Norma Oficial Mexicana será Sancionado |
8.- Bibliografía. |
9.- Concordancia con Normas Internacionales |
9.1 Esta Norma Oficial Mexicana no Coincide con Ninguna Norma Internacional. |
10.- Vigencia |
Objeto de la regulación |
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Esta norma oficial mexicana establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de partículas sólidas provenientes de fuente fijas. |
Materia | Sectores | Sujetos regulados |
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Materia en Medio Ambiente | Secretaría de Prevención y Promoción de la Salud | Ciudadanos que generen algún tipo de contaminación atmosférica |
Se realiza algún tipo de inspección, supervisión o verificación |
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N/A |
Fundamento jurídico para realizar la inspección , supervisión o verificación |
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No Aplica |
Ámbito de la regulación |
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Federal |
Otras regulaciones vinculadas o derivadas de esta regulación |
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Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente |
Información adicional sobre la regulación |
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Esta norma oficial mexicana es de observancia obligatoria para los responsables de las fuentes fijas que emitan partículas sólidas a la atmósfera, con la excepción de las que se rigen por normas oficiales mexicanas específicas. |
Número de Registro de la regulación |
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CR-SOPDUyMA-100-2024 |
Nombre, cargo y firma de validación del Enlace de Mejora Regulatoria |
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Alfredo Pérez Cruz, Director de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente |