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REGLAS DE OPERACIÓN DE LA COLECTA MUNICIPAL EN BENEFICIO DEL HONORABLE CUERPO DE BOMBEROS Y SERVICIOS PREHOSPITALARIOS DE SAN MARTÍN TEXMELUCAN 2025 REGLAS DE OPERACIÓN DE LA COLECTA MUNICIPAL EN BENEFICIO DEL HONORABLE CUERPO DE BOMBEROS Y SERVICIOS PREHOSPITALARIOS DE SAN MARTÍN TEXMELUCAN 2025 REGLAS DE OPERACIÓN DE LA COLECTA MUNICIPAL EN BENEFICIO DEL HONORABLE CUERPO DE BOMBEROS Y SERVICIOS PREHOSPITALARIOS DE SAN MARTÍN TEXMELUCAN 2025 I. OBJETO Las presentes Reglas tienen por objeto establecer los lineamientos técnicos, administrativos y de vigilancia para la realización de una colecta pública organizada por el H. Ayuntamiento de San Martín Texmelucan, con el objetivo de allegarse de recursos económicos que serán destinados exclusivamente a la atención de las necesidades operativas y técnicas del Honorable Cuerpo de Bomberos y Servicios prehospitalarios del Municipio. II. PERIODO DE COLECTA La colecta se realizará del sábado 23 de agosto al domingo 21 de septiembre de 2025. La fecha de entrega de botes será los días 22 y 23 de Septiembre del 2025, en el módulo habilitado para este fin en las instalaciones de la Tesorería Municipal; domicilio ubicado en Boulevard Xicohténcatl 612 Plaza Crystal San Martín Sub Ancla 01, en un horario de 9:00 a 15:00 horas. III. MECANISMOS DE COLECTA La recaudación de recursos se llevará a cabo a través de los siguientes mecanismos oficiales: 1. Boteo en vía pública y eventos autorizados Realizado por personal autorizado y debidamente identificado. 2. Depósito a cuenta bancaria exclusiva Aperturada y administrada por Tesorería Municipal, Puebla, con uso exclusivo para esta colecta. 3. Pago directo en Tesorería Municipal Mediante cheque nominativo a nombre del Ayuntamiento de San Martín Texmelucan, Puebla, indicando el concepto de “DONATIVO COLECTA SMT 2025”. 4. Botes en negocios, empresas, instituciones académicas, comercios establecidos y demás aprobados por la Comisión. Se permitirá la colocación de botes en establecimientos e instituciones educativas interesadas, mediante la firma de una carta responsiva y recibo por parte del representante del negocio, misma que deberá adjuntarse con fotocopia de credencial de elector de la persona responsable del resguardo y manejo del bote de colecta y será quien se compromete a custodiar el bote, remitir vía electrónica evidencia fotográfica semanal del estado que guarda el bote y entregarlo sellado a Tesorería Municipal el día 22 o 23 de Septiembre del año en curso, firmando ficha de entrega con fecha y hora de la misma. IV. CONTROL E INVENTARIO DE BOTES • Se elaborará un formato oficial de inventario, con asignación de folio y número para cada bote. • Se registrará a la persona responsable del mismo, incluyendo nombre, CURP, teléfono, lugar de colocación y firma de recepción y carta responsiva. • Se mandarán a producir 300 botes, considerando una cobertura inicial proporcional al tamaño poblacional del municipio (~170,000 hab.) y a la meta estimada de recaudación de $200,000.00 MXN. • Se mantendrán 50 botes de reserva, resguardados en Tesorería, que serán utilizados para reemplazo por llenado o deterioro. • En caso de extravío, robo o siniestro de un bote, la persona responsable deberá informar de inmediato por escrito a la Secretaría de Gobernación Municipal, detallando las circunstancias del incidente. • Será necesario presentar, dentro de un plazo no mayor a 48 horas, una denuncia ante la autoridad competente y entregar copia de la denuncia a la Secretaría de Gobernación para su resguardo y seguimiento. • El incidente será registrado en el inventario y se notificará a la Comisión Especial de Seguimiento y Transparencia, quien evaluará el caso y determinará si procede alguna medida administrativa, sanción o reposición. • En el caso de negligencia comprobada por parte del responsable asignado (omisión del resguardo, no devolución o alteración del bote), se podrá proceder conforme a lo establecido en el Reglamento de Responsabilidades Administrativas del Municipio y se dará vista al Órgano Interno de Control. V. ELEMENTOS DE SEGURIDAD DE LOS BOTES Cada bote deberá contar con: • Material resistente y transparente. • Etiqueta oficial del Ayuntamiento con logotipo. • Holograma de seguridad numerado, colocado por Tesorería. • Registro físico en inventario y hoja de control por parte de la Secretaría de Gobernación. VI. ÁREAS EJECUTANTES La Secretaría de Gobernación Municipal y la Tesorería Municipal será responsables de: SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN: • Coordinar la logística del boteo. • Autorizar y registrar participantes. • Supervisar puntos de recolección y estado de los botes. • Consolidar ingresos y entregar reportes a la Comisión. • Turnar a la tesorería municipal los botes llenados, dañados y/o reportes de incidentes mencionados por el apartado IV del presente. TESORERÍA MUNICIPAL: • Recibir de parte de la Secretaría de Gobernación y posteriormente resguardar hasta el momento del conteo los botes llenos o dañados. • Rendir semanalmente a la Comisión reporte de ingresos en cuenta bancaria y cheques. • Rendir informe de los ingresos recaudados a la Comisión. VII. DESTINO DE LOS RECURSOS Y DESGLOSE TÉCNICO Los recursos recaudados serán destinados exclusivamente a cubrir las siguientes necesidades del Cuerpo de Bomberos y Servicios Prehospitalarios pudiendo ser, de manera enunciativa mas no limitativa: Equipamiento operativo, herramientas de rescate, mantenimiento de unidades, infraestructura básica, capacitación. VIII. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y TRANSPARENCIA DE LA COLECTA Se conformará la Comisión Especial de Seguimiento, Transparencia y Legalidad de la Colecta “Bomberos y Prehospitalarios 2025”, con funciones de vigilancia, cronograma, corte de resultados y rendición de cuentas. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y TRANSPARENCIA DE LA COLECTA Regidora Marie Astrid Tame Macías Presidenta de la Comisión Secretario de Gobernación Juan Carlos Salas Suárez Secretario Técnico de la Comisión Regidor Carlos Llohol Reyes Mota Vocal de la Comisión Regidora Silvia Abad Calderón Vocal de la Comisión Tesorero Municipal, Eduardo Javier Valencia Juárez Vocal de la Comisión Comandante de Bomberos, Eduardo Guzmán Mendoza Vocal de la Comisión Jefe de capacitación, difusión y servicios prehospitalarios, Moisés Hernández Corona Vocal de la Comisión 2 representantes del sector empresarial Vocal de la Comisión 2 representantes de la Sociedad Civil Vocal de la Comisión (Los representantes empresariales y ciudadanos a que hace alusión la presente tabla de conformación, deberán ser aprobados y tomar protesta durante la primer sesión de Comisión de Seguimiento y transparencia de la Colecta) Funciones: 1. Estudiar, proponer adiciones o en su caso aprobar el plan operativo de colecta propuesto por el Secretario Técnico. 2. Redactar y validar un cronograma de actividades o rutas para estimular la recaudación. 3. Supervisar la sesión o sesiones de conteo de botes que tendrá, que deberán ser videograbadas, y almacenadas digitalmente. 4. Realizar cortes semanales que incluyan: o Estado de entrega de Botes. o Monto en cuenta bancaria. o Cheques entregados. o Zonas recorridas. 5. Emitir un informe final de resultados y un informe técnico de compras realizadas. 6. La Comisión se extinguirá formalmente tras la adquisición y entrega de los bienes objetivos, y deberá emitir un informe de conclusión, firmado por sus integrantes. IX. DE LA JORNADA DE CONTEO DE FONDOS La jornada de conteo de fondos representa un momento clave para garantizar la transparencia, legitimidad y confianza ciudadana en el proceso de colecta. Esta jornada será pública, colegiada, registrada audiovisualmente y sujeta a control interno. A. Programación • La jornada se llevará a cabo en una fecha posterior al cierre de la colecta, determinada por la Comisión Especial de Seguimiento y Transparencia, a partir del día 23 de septiembre de 2025. • Se podrá realizar una jornada única o varias jornadas parciales de máximo cuatro horas cada una, y el total de jornadas dependerá directamente del volumen de botes a contabilizar. B. Lugar • La jornada se realizará en las instalaciones de la Tesorería Municipal, donde permanecerán resguardados los botes desde su recepción. C. Participantes obligatorios • Contralor Municipal. • Tesorero Municipal. • Comandante del Cuerpo de Bomberos. • Regidores integrantes de la Comisión de Protección Civil. • Al menos 1 representante empresarial y 1 representante ciudadano de la Comisión. • Personal de la Secretaría de Gobernación y de Tesorería para apoyo operativo. Cada integrante podrá designar a una persona representante mediante oficio simple, quien deberá firmar en el registro de entrada y salida de la jornada. D. Procedimiento 1. Verificación del estado físico del bote, cotejando su folio y precinto de seguridad con el inventario general. 2. Apertura del bote en presencia de la Comisión, y conteo físico del efectivo por una dupla o terna de trabajo. 3. A la apertura de cada bote los datos de la etiqueta y estado deberán ser leídos en voz alta por el responsable del conteo, y cotejado con la lista de inventario, indicando monto y lugar de procedencia. 4. Se consolidará el total del día en un acta parcial o final, firmada por las personas asistentes. E. Registro audiovisual • Toda la jornada será videograbada de principio a fin, como medida de transparencia y documentación institucional. • El video será resguardado por la Tesorería Municipal, con copia disponible para la Contraloría y la Comisión. • En caso de requerimiento legal, administrativo o ciudadano, podrá ser consultado por los medios establecidos. X. DIFUSIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS • Publicación semanal en redes sociales del Ayuntamiento y página oficial. • Informes visuales, fotografías y videos del uso del recurso. • Rueda de prensa final. XI. SANCIONES Se considerarán faltas graves: 1. Uso no autorizado del nombre de la campaña. 2. Recaudación en nombre del Ayuntamiento sin bote autorizado. 3. Alteración o sustitución de botes. 4. Falsificación de información en el inventario. 5. Uso político, electoral o personal de la colecta y sus recursos. Estas faltas serán sancionadas conforme al Ley General de Responsabilidades Administrativas o el Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla y turnadas al Órgano Interno de Control y, en su caso, a la autoridad ministerial competente. XII. VIGENCIA Estas reglas entran en vigor al momento de su aprobación por Cabildo y concluirán con la emisión del informe final por parte de la Comisión Especial.