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Órgano oficial de difusión del Honorable Ayuntamiento del Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla.

Tomo I Número 7

2024-06-04

Propuesta

Oficio HASMT/SM/290/2024 Propuesta de Declaratoria de Utilidad Pública de la Plazuela y/o Parque de la Junta Auxiliar de San Cristóbal Tepatlaxco, Municipio de San Martin Texmelucan, Puebla.


Oficio HASMT/SM/290/2024 Propuesta de Declaratoria de Utilidad Pública de la Plazuela y/o Parque de la Junta Auxiliar de San Cristóbal Tepatlaxco, Municipio de San Martin Texmelucan, Puebla.


LORENA MIGOYA MASTRETTA SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN TEXMELUCAN, PUEBLA. PRESENTE. El que suscribe Lic. Jesús Horacio Cano Vargas, en mi carácter de Síndico Municipal del H. Ayuntamiento de San Martin Texmelucan, Puebla, con fundamento en los artículos 100 fracción I, II, VIII y IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado, 1, 4 fracción II, 5 y demás relativos aplicables de la Ley de Expropiación para el Estado de Puebla, ante Usted manifiesto lo siguiente: a bien remitir e informar a esta Sindicatura que en recha catorce de mayo mil veinticuatro, en la Sesión Ordinaria de Cabildo, se aprobó la propuesta de declaratoria de utilidad pública de la "Plazuela y/o parque" de la Junta Auxiliar de San Cristóbal Tepatlaxco, de este Municipio. Así como en atención a los puntos de acuerdo relativos al tercer punto de los asuntos generales de la sesión Ordinaria de Cabildo, en los cuales se resolvió lo siguiente: "PRIMERO.- Con el objeto de que se inicie el procedimiento de expropiación, se aprueba la propuesta de declaratoria de utilidad pública de la superficie de terreno de 416.22 metros cuadrados y construcciones en ella existentes, perteneciente a San Cristóbal Tepatlaxco, actualmente ubicada entre la calle Morelos e Iturbide, sin número, perteneciente a la Junta Auxiliar de San Cristóbal Tepatlaxco en el Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla, con las siguiente medidas y colindancias: al norte: en 2 líneas la primera de poniente a oriente 10.68 m (diez metros y sesenta y ocho centímetros) y la segunda 17.05 m (diecisiete metros y cinco centímetros) colindando con paramento, al sur: 27.86 m (veintisiete metros ochenta y seis centímetros y colinda con calle Morelos), al oriente: 15.09 m (quince metros y nueve centímetros y colinda con calle Iturbide), al poniente: 14.73 m (catorce metros setenta y tres centímetros, colinda con propiedad privada), para la conservación del servicio público consistente en la "plazuela y/o parque "de la Junta Auxiliar de San Cristóbal Tepatlaxco del Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla. SEGUNDO. - Se instruye a la Secretaria del Ayuntamiento, para que a efecto de no vulnerar los derechos de las posibles partes interesadas en la presente declaratoria de expropiación y en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 de la fracción segunda de la Ley de Expropiación para el Estado de Puebla, que establece que en caso de ignorarse quienes son los titulares o bien su domicilio o localización, se efectuara una segunda publicación de la declaratoria en el Periódico Oficial del Estado. la conservación del servicio público consistente en la "plazuela y/o parque "de la Junta Auxiliar de San Cristóbal Tepatlaxco del Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla. SEGUNDO. - Se instruye a la Secretaria del Ayuntamiento, para que a efecto de no vulnerar los derechos de las posibles partes interesadas en la presente declaratoria de expropiación y en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 de la fracción segunda de la Ley de Expropiación para el Estado de Puebla, que establece que en caso de ignorarse quienes son los titulares o bien su domicilio o localización, se efectuara una segunda publicación de la declaratoria en el Periódico Oficial del Estado. TERCERO. - Se instruye al Síndico Municipal para que inicie el procedimiento de expropiación, y tramite el expediente relativo hasta ponerlo en estado de resolución, en la inteligencia que deberá respetar la garantía de audiencia del propietario de bien inmueble de referencia. CUARTO.- Se instruye a la Secretaria del Ayuntamiento, tramite lo conducente a fin de publicar la presente Declaratoria de Utilidad Pública en un diario del Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla, la Gaceta Oficial, el Periódico Oficial del Estado y los Estrados de la Sindicatura Municipal" Me permito solicitar de la manera más atenta con fundamento en lo dispuesto en el numeral 5 fracción II de la Ley de Expropiación para el Estado de Puebla, y toda vez que se ha aprobado la declaratoria de utilidad pública correspondiente, en relación con los puntos de acuerdo segundo y cuarto, gire sus apreciables instrucciones a quien corresponda, a fin de que se sirva realizar lo siguiente: Primero.- Realice las gestiones necesarias, a fin de mandar a publicar en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de la Entidad, la declaratoria de utilidad pública de la superficie de terreno de 416.22 metros cuadrados y construcciones en ella existentes, perteneciente a San Cristóbal Tepatlaxco, actualmente ubicada entre la calle Morelos e Iturbide, sin número, perteneciente a la Junta Auxiliar de San Cristóbal Tepatlaxco en el Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla, con las siguiente medidas y colindancias: al norte: en 2 líneas la primera de poniente a oriente 10.68 m (diez metros y sesenta y ocho centímetros) y la segunda 17.05 m (diecisiete metros y cinco centímetros) colindando con paramento, al sur: 27.86 m (veintisiete metros ochenta y seis centímetros y colinda con calle Morelos), al oriente: 15.09 m (quince metros y nueve centímetros y colinda con calle Iturbide), al poniente: 14.73 m (catorce metros setenta y tres centímetros, colinda con propiedad privada), para la conservación del servicio público consistente en la "plazuela y/o parque "de la Junta Auxiliar de San Cristóbal Tepatlaxco del Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla. Segundo. - Toda vez que se ignora quienes son los titulares, realice las gestiones necesarias, a fin de que se realice, una segunda publicación de la declaratoria, en el Periódico Oficial del Estado, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la primera publicación, la cual surtirá efectos de notificación personal. Tercero. - Realice las gestiones necesarias, a fin de que se realice la anotación preventiva del Decreto de Utilidad Pública ante el Registro Público de la Propiedad del Municipio al que corresponda el bien materia de la expropiación. Derivado de lo anteriormente expuesto, de la manera más atenta solicito, que, una vez realizada las acciones solicitadas, remita a esta Sindicatura las constancias que acrediten haber dado cumplimiento a los puntos requeridos. Sin más por el momento, le reitero la seguridad de mi más atenta y distinguida consideración. ATENTAMENTE. ¡UNIDOS SEGUIMOS HACIENDO HISTORIA! SAN MARTÍN TEXMELUCAN, PUEBLA, A VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO. JESUS HORACIO CANO VARGAS SINDICO MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN TEXMELUCAN, PUEBLA.