Inventario Catálogo de Regulaciones
Inicio | Mejora Regulatoria | Catálogo Municipal de Regulaciones | Reglamento para la Protección de Ambiente contra la Contaminación originada por la Emisión de Ruido
| Índice de la Regulación |
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| Capítulo I Disposiciones Generales |
| Capítulo II De las Definiciones |
| Capítulo III De la Emisión de Ruido |
| Capítulo IV De las medidas de Orientación y Educación |
| Capítulo V De la vigilancia e inspección |
| Capítulo VI Del Procedimiento para Aplicar las Sanciones |
| Capítulo VII Del Recurso Administrativo de Inconformidad |
| Capítulo VIII De la Acción Popular |
| Capítulo IX De las Sanciones |
| Capítulo IX De las Sanciones |
| Transitorios |
| Objeto de la regulación |
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| Tiene por objeto proveer, en la esfera administrativa, al cumplimiento de la Ley Federal de Protección al Ambiente, en lo que se refiere a emisión contaminante de ruido, proveniente de fuentes artificiales; ademas de reglamentar la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en lo que se refiere a la prevención y control de la contaminación de la atmósfera. |
| Materia | Sectores | Sujetos regulados |
|---|---|---|
| Prevención y control de ruido | Sector salubridad y asistencia | Población en lo general del Municipio |
| Se realiza algún tipo de inspección, supervisión o verificación | URL |
|---|---|
| Si |
| Fundamento jurídico para realizar la inspección , supervisión o verificación |
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| ARTÍCULO 53.-Las visitas de inspección a las fuentes emisoras de ruido y de medición en los predios colindantes, deberán sujetarse a las órdenes escritas de la autoridad competente, que en cada casos girara oficio en el que se precise el objeto y alcance de la vista. ARTICULO 55.-Al efectuarse las visitas a que se refiere el artículo anterior, el personal comisionado se identificará debidamente, exhibirá ña orden para la práctica de la inspección y, después de efectuada, procederá a levantar el acta correspondiente. ARTICULO 58.-Al finalizar la inspección, se dará oportunidad al propietario, encargado u ocupante, de manifestar lo que a su derecho convenga, invitándolo a firmar el acta; en caso de negativa, así se hará constar en la misma, lo que no afectará su validez; asimismo, le hará entrega de una copia del acta, asentando este hecho en el original.ARTÍCULO 53.-Las visitas de inspección a las fuentes emisoras de ruido y de medición en los predios colindantes, deberán sujetarse a las órdenes escritas de la autoridad competente, que en cada casos girara oficio en el que se precise el objeto y alcance de la vista. ARTICULO 55.-Al efectuarse las visitas a que se refiere el artículo anterior, el personal comisionado se identificará debidamente, exhibirá ña orden para la práctica de la inspección y, después de efectuada, procederá a levantar el acta correspondiente. ARTICULO 58.-Al finalizar la inspección, se dará oportunidad al propietario, encargado u ocupante, de manifestar lo que a su derecho convenga, invitándolo a firmar el acta; en caso de negativa, así se hará constar en la misma, lo que no afectará su validez; asimismo, le hará entrega de una copia del acta, asentando este hecho en el original. |
| Ámbito de la regulación |
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| Federal |
| Otras regulaciones vinculadas o derivadas de esta regulación |
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| NOM-081-SEMARNAT-1994 |
| Información adicional sobre la regulación |
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| El presente reglamento es de observancia general en todo el Territorio Nacional y tiene por objeto proveer, en la esfera administrativa, al cumplimiento de la Ley Federal de Protección al Ambiente, en lo que se refiere a emisión contaminante de ruido, proveniente de fuentes artificiales. |
| Número de Registro de la regulación |
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| CR-SOPDUyMA-098-2024 |
| Nombre, cargo y firma de validación del Enlace de Mejora Regulatoria |
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| Alfredo Pérez Cruz, Director de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente |