Datos Generales
Nombre del trámite o servicio Mediación Condominal y Arbitraje en caso de Controversias Condominal
Denominación de la Dependencia o Entidad responsable/unidad administrativa que otorga el trámite o servicio Sindicatura Municipal / Dirección de Asuntos Jurídicos
Descripción del trámite o servicio Controversia por situación de condominios entre particulares
¿En qué casos debe solicitarse el trámite o servicio? Mediación entre los Ciudadanos que tienen un posible conflicto en Materia de condominio, en la cual se escuchará a ambas partes para llegar a un acuerdo viendo por el beneficio de los solicitantes.
¿Es un trámite o servicio? Servicio
Documento que se obtiene Resolucion
Vigencia No Aplica
Población objetivo Ciudadanos del Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla
Tema Asistencia Legal
Clasificación Público
Objetivo Llevar a cabo la respectiva mediación condominal y en su caso el proveimiento iniciado por la presentación de la demanda hasta la obtención de un laudo condominal para concluir con convenio y en su caso con laudo condominal
Requisitos de entrada
Requisitos | Descripción | Presentación |
---|---|---|
Demanda Condominal | Debe cumplir con todos y cada uno de los requisitos o condiciones previstas en los numerales 6, 7, 8, 9, 10, 11, 16 | original |
Identificación Oficial | Entregar copia de laguna identificación oficial (emitida por el Instituto Nacional Electoral INE, pasaporte o licencia de manejo) | 1 copia |
Comprobante de Domicilio | Recibo de factura del servicio que de constancia el domicilio del ciudadano, no mayor a los tres meses | 1 copia |
Escrituración Pública que acredite el estatus de condominio | Original y copia certificada ante notario público | 1 copia |
Documentación complementaria en casos específicos
Requisitos | Descripción | Presentación |
---|---|---|
No aplica | No Aplica | No Aplica |
Pasos a seguir
Presencial Paso 1: Presentar ante la unidad administrativa correspondiente, un escrito, que será denominado demanda de arbitraje, con copia simple de los documentos que acrediten su personalidad y la descripción de los hechos. Paso 2: Dentro de los tres días siguientes a la recepción de la demanda de arbitraje, la unidad encargada de resolver la controversia citará a audiencia inicial a las partes interesadas, y la parte demandada a contestar el escrito inicial, lo que podrá hacer de manera verbal o escrita, así como ofrecer las pruebas que acrediten su dicho. Paso 3: Si en la primera audiencia la unidad administrativa correspondiente considera que cuenta con elementos suficientes para resolver, y si las partes manifiestan expresamente que no desean aportar más pruebas o modificar su demanda o contestación de demanda reconvenir, dicha unidad emitirá el laudo Paso 4:Si la parte demandada no se presenta a la audiencia inicial, la unidad encargada resolverá con los elementos proporcionados por la parte actora y por aquellos elementos de que se allegue a través de profesionales o peritos en la materia causa de la controversia. Paso 5: Por acuerdo de las partes o por causa justificada, la audiencia inicial podrá diferirse por una sola ocasión fijándose la celebración a más tardar dentro de los cinco días siguientes; Si en el desarrollo de la audiencia inicial las partes no han llegado a un convenio, o ampliaron, modificaron o reconvinieron, la unidad encargada las citará para una segunda audiencia, en la que las partes tendrán oportunidad de presentar más elementos o en su caso plantear alegatos; Terminada la instrucción del procedimiento, la unidad encargada dictará el laudo que resuelva la controversia. Paso 6: En caso de que alguna de las partes o ambas consideren que el laudo no es claro en alguno de sus contenidos, podrán solicitar, dentro de los tres días siguientes de la notificación, se aclare o corrija. La interpretación que se emita formará parte del laudo.
En línea No Aplica
De manera telefónica No Aplica
Formatos
Nombre del formato | Archivo |
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No aplica | No aplica |
Plazos
Días hábiles para otorgar el trámite o servicio 60 Días Hábiles
¿Cuáles son los criterios para la resolución del trámite o servicio? El trámite debe realizarlo de manera personal el interesado cumpliendo las condiciones y requisitos estipulados en los numerales 6, 7, 8, 9 , 10, 11 y 16 de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla basándose la autoridad administrativa que resuelve en las pruebas y el desahogo de las mismas, con la finalidad de que cada parte acredite su acción o en su caso las excepciones.
En caso de que no se cumpla con los criterios de resolución ¿cuál es el plazo en que el área administrativa responsable informará al solicitante? 5 días hábiles
¿Por qué medios se le hará del conocimiento del solicitante que no cumple con los criterios de resolución y la propuesta de solución para para continuar con el trámite o servicio, así como el plazo máximo para solventar los requisitos faltantes? Notificación personal en el domicilio señalado
Plazo máximo para que el solicitante cumpla con los criterios de resolución, una vez notificado de la prevención de faltantes u otro tipo de incumplimiento que establece el procedimiento del trámite o servicio 5 días hábiles
Derechos del usuario ante la negativa o la falta de respuesta (especificar si aplica la afirmativa o negativa ficta) No aplica
Observaciones generales
Observaciones generales El recurso de inconformidad deberá promoverse dentro del término de quince días hábiles siguientes al de la notificación.
Modalidad del trámite o servicio Presencial
¿Se requiere formato o escrito libre? Escrito Libre
¿Personal del gobierno municipal acudirá a realizar algún tipo de inspección domiciliaria para otorgar el trámite o servicio? No
¿Qué información deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio? No aplica
Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria No aplica
Área Responsable
Nombre del área administrativa responsable del trámite o servicio | Dirección del área (calle, número interior y exterior, colonia, código postal y municipio) | Correo electrónico de contacto para consultas sobre el trámite o servicio | Teléfono de atención para consultas sobre el trámite o servicio | Horario de atención | |
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Dirección de Asuntos Jurídicos de Sindicatura Municipal. | Boulevard Xicoténcatl No. 612 Colonia San Damián, San Martin Texmelucan | direccionjuridica.sanmartin@gmail.com | 2481095300; ext. 109 | Lunes a Viernes de 9:00 am a 17:00 pm | |
Dirección de Asuntos Jurídicos de Sindicatura Municipal. | Boulevard Xicoténcatl No. 612 Colonia San Damián, San Martin Texmelucan | direccionjuridica.sanmartin@gmail.com | 2481095300; ext. 109 | Lunes a Viernes de 9:00 am a 17:00 pm |
Datos de quien valida la información
Nombre del servidor público | Cargo |
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Jose Eduardo Corona Ureña Cue | Jefe de Mediación , Conciliación y Arbitraje Condominal |
Marilyn Perez Gutierrez | Directora de Asuntos Jurídicos de Sindicatura Municipal |
Alma Delia Cruz Alvarado | Sindica Municipal |
Centros de atención
Costo
Concepto | Monto |
---|---|
No Aplica | $ 0.00 |
Fundamento jurídico
Quejas o denuncias
Nombre del área para interponer quejas o denuncias Subcontraloría de Investigación y Contraloría Social (Contraloría Municipal)
Ubicación del área para interponer quejas o denuncias Boulevard Xicoténcatl No. 612 Colonia San Damián, San Martin Texmelucan, CP. 74000
Protesta ciudadana, quejas o denuncias de manera electrónica
Correo electrónico de contacto para consultas sobre el trámite o servicio quejasydenuncias@sanmartintexmelucan.gob.mx
Teléfono de atención para consultas sobre el trámite o servicio 248 109 5300 Extención 302
Horario de atención Lunes a Viernes de 9:00 am a 17:00 pm